Tras más de 15 años de prohibición, el Estado oficializó un nuevo marco normativo para ordenar el mercado de productos de nicotina, con registro obligatorio y límites sanitarios.
El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través del Boletín Oficial, una nueva regulación para la venta de vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina (pouches), con el objetivo de ordenar un mercado que hasta ahora operaba en la informalidad. La medida fue coordinada entre los ministerios de Economía y Salud, la Anmat y la Jefatura de Gabinete.
Según el diagnóstico oficial, el enfoque prohibicionista vigente durante más de 15 años no logró frenar el consumo, sino que lo impulsó hacia la ilegalidad, sin trazabilidad ni control sanitario. La nueva normativa establece un registro obligatorio para todos los productos, que deberán declarar su composición exacta y cumplir con estándares de calidad y fabricación.
En el aspecto económico, los productos pasarán a tributar con esquemas diferenciados según su categoría, formalizando un circuito dominado por la informalidad y el contrabando.
Uno de los puntos centrales de la regulación es la protección de menores. Se prohíben los sabores en vapeadores, considerados la principal puerta de entrada al consumo juvenil. Además, se fijan límites estrictos a la concentración de nicotina y se define una lista de ingredientes permitidos y sustancias prohibidas.
Desde el sector industrial, calificaron la medida como un avance que alinea a Argentina con más de 100 países que permiten la comercialización regulada de productos sin combustión. Fuentes del sector señalaron que las prohibiciones absolutas van en contra del sentido común y de los avances científicos.
El Gobierno insiste en que no se crea un mercado nuevo, sino que se ordena uno ya existente. El éxito de la medida dependerá de la capacidad de fiscalización de la Anmat y del cumplimiento del registro obligatorio.
