Gina Cárdenas fue condenada a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo; la defensa apeló alegando exceso de legítima defensa, pero el máximo tribunal rechazó el recurso.
En 2021, Gina Cárdenas apuñaló y mató a su marido, Alejandro Báez, en un departamento de Ushuaia, Tierra del Fuego. En 2022 fue condenada a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo. La defensa apeló el fallo argumentando que se trató de un exceso de legítima defensa.
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego redujo la pena a ocho años de prisión. Sin embargo, en las últimas horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la pena al rechazar, por “inadmisible”, un recurso de queja presentado por la defensa.
Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz sostuvieron: “El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible. Por ello, se desestima la presentación directa”. En su voto, Lorenzetti aclaró que la desestimación no implica confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida.
Cárdenas ya había sido condenada en 2019 a cinco años de prisión por robo a mano armada y al momento del homicidio se encontraba en libertad condicional. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur la condenó a prisión perpetua como autora de homicidio agravado por el vínculo.
En 2023, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, en un fallo dividido, redujo la condena a ocho años. Tres de los cinco magistrados consideraron que hubo atenuación en el accionar de Cárdenas por su pasado traumático, aunque descartaron que actuara en legítima defensa. Luego, el tribunal unificó la pena en diez años por la condena anterior.
La defensa, a cargo de José María Fernández López, Defensor Mayor del Distrito Judicial Sur, presentó una queja ante la Corte Suprema, que fue rechazada por inadmisible.
